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Corte Suprema de Justicia concede libertad a Luis Alfredo Ramos Botero

La Corte Suprema de Justicia decidió dejar en libertad condicional al exgobernador de Antioquia, exministro y exsenador Luis Alfredo Ramos Botero, después de haber cumplido las tres quintas partes de su condena y haber demostrado buen comportamiento.

Ramos Botero había sido sentenciado en 2021 a siete años y nueve meses de prisión por haberse asociado con grupos paramilitares entre los años 2000 y 2001. Específicamente había sido probada su relación con las cabezas de los bloques Metro y Centauros de las Autodefensas Unidas de Colombia y con los hermanos Vicente y Carlos Castaño.

Lo que hizo el Alto Tribunal de la Jurisdicción Ordinaria fue revocar el Auto proferido por el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Antioquia, mediante el cual negó la libertad condicional a Luis Alfredo Ramos Botero, y procedió a concederle la libertad condicional, “previo pago de la caución prendaria y la suscripción del acta de compromiso, por un período de prueba equivalente al tiempo que resta para el cumplimiento de la pena, lo que deberá verificar la autoridad judicial que vigila el cumplimiento de la pena”. Esto es lo que dice el Resuelve del Auto de la Corte Suprema de Justicia, firmado por los magistrados Jorge Emilio Caldas Vera, Blanca Nélida Barreto Ardila, Ariel Augusto Torres Rojas y Rodrigo Ernesto Ortega Sánchez.

Desde la captura del condenado, ocurrida el 29 de agosto de 2013, hasta la revocatoria de la medida de aseguramiento de detención preventiva, esto es, el 23 de noviembre de 2016, sumó 38 meses y 26 días; cifra a la que se adiciona el tiempo transcurrido entre el 5 de julio de 2022 a la fecha, cumpliendo la pena, es decir, 20 meses y 5 días, para un total de 59 meses y 1 días. Lo que objetivamente demuestra que ha descontado más de las 3/5 partes de la pena impuesta, ya que ha sumado más de 57 meses que corresponden a la proporción mínima de pena a cumplir, lo que basta para dar por acreditado este requisito”, fue la explicación de la Corte Suprema de Justicia.

El Alto Tribunal agregó que Ramos Botero ha demostrado buen comportamiento y ha estudiado durante su período de reclusión.

El Exgobernador de Antioquia fue condenado después de que la Corte Suprema de Justicia diera crédito a los testimonios de los exjefes paramilitares Ernesto Báez, Don Berna y Alberto Guerrero, quienes señalaron que se reunieron con Ramos Botero en 2005, en la finca “La Bellanita”, propiedad del condenado empresario Hugo Albeiro Quintero. En ese entonces, Luis Alfredo Ramos Botero era Senador de la República, lo cual le otorgaba el suficiente poder para influir en modificaciones solicitadas por los paramilitares que se encontraban en proceso de paz, en desarrollo de la Ley de Justicia y Paz.

Luis Alfredo Ramos había sido condenado en primera instancia a 95 meses de prisión e inhabilitación de derechos y funciones públicas por el mismo lapso, multa de 7749.65 salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilidad intemporal para ocupar cargos públicos del inciso 5° del artículo 122 de la Constitución Política, como autor responsable del delito de concierto para delinquir con la finalidad de promover grupos armados ilegales previsto en el artículo 340 inciso 2° de la Ley 599 de 2000, modificado por el artículo 8 de la Ley 733 de 2002.1.

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Esta condena fue confirmada en segunda instancia el 20 de abril de 2022.

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Mediante Auto de 18 de diciembre de 2023, el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín le negó la libertad condicional por no cumplir el requisito objetivo del artículo 64 de la Ley 599 de 2000, modificado por la Ley 890 de 2004, decisión contra la cual fue interpuesto el recurso de reposición y en subsidio apelación, por la defensa.

El 24 de enero de 2024, fue repuesto el Auto anterior debido a que el procedimiento a seguir en relación con la libertad condicional era el establecido en el artículo 64 del Código Penal, modificado por el artículo 30 de la Ley 1709 de 2014, y no el que se aplicó, la modificación de la Ley 890 de 2004. Nuevamente el A Quo negó el subrogado invocado, decisión contra la cual la defensa interpuso el recurso de apelación.

La decisión de la Corte Suprema de Justicia que deja en libertad a Luis Alfredo Ramos Botero fue revocar Auto del 18 de diciembre de 2023, del Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín.

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